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La fiscalidad que se aplica en el territorio español, en líneas generales es el considerado como unitario, si bien en los últimos años se delega en la Comunidad Valenciana algunos aspectos tributarios alejados del resto de tributación aplicable en el resto de España, siendo estos aspectos mejoras sustanciales para los obligados tributarios.
 | Hay tres niveles de competencia tributaria: estatal (común sin excepciones para todo el territorio español), Comunitat Valenciana (con competencias tributarias exclusivas para el territorio de la Comunitat o bien con excepciones a la regla general estatal) y local (diferenciando las competencias municipales y las que ostentan las Diputaciones Provinciales)
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 | Los residentes, considerando a personas físicas y/o jurídicas, deben tributar teniendo en cuenta siempre la totalidad del conjunto de sus rentas. Los no residentes únicamente tributaran por aquellas rentas devengadas o satisfechas en el territorio español.
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 | La liquidación de los impuestos, tasas o tributos se realizará por el sistema de autoliquidación quedando la administración facultada a realizar todas las comprobaciones que estime necesarias.
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